Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 567

   Asígnanse en el Inciso 26 "Universidad de la República", unidad ejecutora 050 "Unidad Central", con cargo a la Financiación  1.1 "Rentas Generales", el monto de $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos) para gastos de funcionamiento, $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos) para gastos de inversión y para el Proyecto de "Acceso democrático a la enseñanza superior de calidad en todas las etapas de grado", $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos) para fortalecer los programas de becas, transporte y alimentación estudiantiles.

                                INCISO 27
               INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY
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