Separata
PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.
Sustitúyese el literal A) del artículo 29 de la Ley N° 18.211, de 5 de diciembre de 2007, por el siguiente:
"A) Presidir sus sesiones y ejercer la Dirección General de la unidad
ejecutora "Junta Nacional de Salud"".
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