Fecha de Publicación: 30/12/2015
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.

Artículo 417

   Increméntase en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", programa 280 "Bienes y Servicios Culturales", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", con cargo a la financiación 1.1 "Rentas Generales", en $ 18.000.000 (dieciocho millones de pesos uruguayos), la partida destinada al "Fondo de Fomento Cinematográfico y Audiovisual", creado por el artículo 7° de la Ley N° 18.284, de 16 de mayo de 2008.
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