Sustitúyese el inciso primero del artículo 277 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 373 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, por el siguiente:
"ARTÍCULO 277.- La importación y la exportación de mercadería
sometida al régimen de encomiendas postales internacionales de
entrega expresa, cuyo peso unitario no exceda los 20 kilogramos y
su valor de factura o su declaración de valor en las condiciones
que establezca el Poder Ejecutivo, no exceda los US$ 200
(doscientos dólares de los Estados Unidos de América), estarán
exentas del pago de tributos".