Artículo 115.- Asígnase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", unidad ejecutora 011 "Secretaría Nacional del Deporte", una partida anual de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos uruguayos), con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales" a fin de fortalecer la formación de nivel terciario en educación física.
El Inciso comunicará a la Contaduría General de la Nación la distribución de la asignación presupuestal entre retribuciones personales y gastos de funcionamiento.