Fecha de Publicación: 14/01/2015
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 15/01/2015, 15/09/2015.

Artículo 78

   (Retribución).- La retribución mensual del Presidente del Consejo de Comunicación Audiovisual será equivalente a un 80% (ochenta por ciento) de la otorgada al Subsecretario de Estado, mientras que la de los restantes integrantes será equivalente a un 70% (setenta por ciento) de dicha retribución.

                               CAPÍTULO III
   COMISIÓN HONORARIA ASESORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
                                 (CHASCA)
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