Ley 19.275
Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal,
correspondiente al ejercicio 2013.
(1.505*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
SECCIÓN I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal
correspondiente al Ejercicio 2013, con un resultado deficitario de:
A) $ 20.509.790.000 (veinte mil quinientos nueve millones setecientos
noventa mil pesos uruguayos) correspondientes a la ejecución
presupuestaria.
B) $ 6.805.808.000 (seis mil ochocientos cinco millones ochocientos
ocho mil pesos uruguayos) por concepto de operaciones
extrapresupuestarias derivadas de la aplicación de normas legales.
Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos
y auxiliares que acompañan a la presente ley como Anexo y forman parte de
la misma.
SECCIÓN II
INCISO 25
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOMI; LUIS PORTO; MARIO
BERGARA; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; RICARDO EHRLICH; ENRIQUE PINTADO;
EDGARDO ORTUÑO; JOSÉ BAYARDI; SUSANA MUÑIZ; TABARÉ AGUERRE; LILIAM
KECHICHIAN; FRANCISCO BELTRAME; DANIEL OLESKER.