Fecha de Publicación: 25/09/2014
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Ley 19.275

Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal,
correspondiente al ejercicio 2013.
(1.505*R)

                            PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

                                SECCIÓN I

                         DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1

 Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal
correspondiente al Ejercicio 2013, con un resultado deficitario de:

A)     $ 20.509.790.000 (veinte mil quinientos nueve millones setecientos
       noventa mil pesos uruguayos) correspondientes a la ejecución
       presupuestaria.

B)     $ 6.805.808.000 (seis mil ochocientos cinco millones ochocientos
       ocho mil pesos uruguayos) por concepto de operaciones
       extrapresupuestarias derivadas de la aplicación de normas legales.

Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos
y auxiliares que acompañan a la presente ley como Anexo y forman parte de
la misma.

                                SECCIÓN II

                                INCISO 25

               ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOMI; LUIS PORTO; MARIO
BERGARA; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; RICARDO EHRLICH; ENRIQUE PINTADO;
EDGARDO ORTUÑO; JOSÉ BAYARDI; SUSANA MUÑIZ; TABARÉ AGUERRE; LILIAM
KECHICHIAN; FRANCISCO BELTRAME; DANIEL OLESKER.
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