Fecha de Publicación: 07/01/2014
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 30

 (Determinación de la cuantía de los derechos).- La cuantía de los
derechos debidos por los permisos, se fijará por el Poder Ejecutivo con el
asesoramiento de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos.
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