Fecha de Publicación: 07/01/2014
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 34

 La Auditoría Interna de la Nación ejercerá la fiscalización de la  gestión financiera del Instituto de Regulación y Control del Cannabis, debiendo remitirse a la misma la rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal dentro de los noventa días del cierre de cada
ejercicio.

La reglamentación de la presente ley determinará la forma y fecha de los
balances, cierre de los mismos y su publicidad.
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