Fecha de Publicación: 28/08/2013
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 88

 (Revocación de la designación).- Cuando tenga por motivo la comprobación
de error en la designación del funcionario.

                                TÍTULO III
                     DE LOS FUNCIONARIOS CONTRATADOS
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