Fecha de Publicación: 30/11/2012
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Carilla: 12

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 35

 La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones es el órgano
regulador del sector postal, competente para reglamentar la prestación del
servicio postal y cumplir las funciones inherentes a su cometido.
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