PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Ley 19.009
Establécese el régimen general de las actividades postales.
(2.183*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
CAPÍTULO I
OBJETO, PRINCIPIOS Y ÁMBITO DE LA LEY
Artículo 1
(Objeto).- La presente ley establece el régimen general de las
actividades postales, con la finalidad de que el Estado garantice el
cumplimiento de sus obligaciones de prestación de los servicios postales
básicos a la sociedad, asegurando el goce de los derechos de los usuarios
y protegiendo el desarrollo del mercado formal, de manera tal que el
sector postal contribuya al crecimiento y desarrollo del país.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ROBERTO KREIMERMAN; EDUARDO
BONOMI; LUIS ALMAGRO; FERNANDO LORENZO; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO;
OSCAR GÓMEZ; ENRIQUE PINTADO; EDUARDO BRENTA; JORGE VENEGAS; TABARÉ
AGUERRE; ANTONIO CARÁMBULA; FRANCISCO BELTRAME; DANIEL OLESKER.