Fecha de Publicación: 22/11/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 99

 Tranfórmanse, en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", en las unidades
ejecutoras que se indican y a efectos de dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 21 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, los
siguientes cargos en el escalafón "L" Personal Policial:
    - Unidad ejecutora 002 "Dirección Nacional de Migración":
    - 1 cargo de Agente de 1ra. (PA) Administrativo, grado 2, en 1 cargo
      de Oficial Principal (PT) Abogado, grado 8.
    - 1 cargo de Sargento (PA) Administrativo, grado 4 y 1 cargo de Cabo
      (PA) Administrativo, grado 3 en 2 cargos de Oficial Subayudante (PT)
      Escribano, grado 6.
    - Unidad ejecutora 018 "Jefatura de Policía de Salto":
    - 1 cargo de Agente de 1ra. (PA) Administrativo, grado 2, en 1 cargo
      de Oficial Subayudante (PT) Abogado, grado 6.
    - Unidad ejecutora 026 "Instituto Nacional de Rehabilitación":
    - 1 cargo de Comisario (PT) Técnico Profesional, grado 10 en 1 cargo
      de Inspector Mayor (PT) Médico Psiquiatra, grado 12 y 1 cargo de
      Subcomisario (PT) Técnico, grado 9, en 1 cargo de Comisario (PT) 
      Médico Psiquiatra, grado 10.
Los cargos serán ocupados exclusivamente por los funcionarios cuya
situación dio origen a las respectivas transformaciones y al vacar
volverán a su denominación original.
Créase en el Inciso 04 "Ministerio del Interior" programa 461 "Gestión de
la Privación de la Libertad", unidad ejecutora 026 "Instituto Nacional de
Rehabilitación", 1 cargo de Sargento 1° (PS) Servicios, escalafón "L",
grado 5, el que se suprimirá al vacar.
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