Fecha de Publicación: 22/11/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 55

 Autorízase al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", programa 480
"Ejecución de la Política Exterior", unidad ejecutora 001 "Dirección
General de Secretaría de Estado", a efectuar el cobro de cualquier precio
que se perciba, producto de los contratos que para la prestación de
servicios y realización de actividades comerciales dentro de las Áreas de
Control Integrado, se realicen con agentes públicos o privados,
exceptuados los organismos de control concurrentes en la operatoria, bajo
administración de la Dirección Nacional de Pasos de Frontera. La
mencionada recaudación será destinada a cubrir los gastos de
funcionamiento e inversiones de dicha Dirección Nacional, con cargo a la
Financiación 1.2 "Recursos de Afectación Especial".
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