Fecha de Publicación: 22/11/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 274

 Autorízase al Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del
Estado", a partir del ejercicio 2012, a reasignar en carácter permanente
hasta la suma de $ 150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos
uruguayos) desde los créditos destinados a gastos de funcionamiento a
objetos del gasto de suministros, debiendo comunicar a la Contaduría
General de la Nación el detalle de la reasignación.
Ayuda