PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Prorrógase por veinte años adicionales el plazo de vigencia de la garantía del Estado al régimen de libre contratación establecido por el artículo 118 de la Ley N° 16.462, de 11 de enero de 1994, respecto de los arrendamientos a que refiere el artículo 1° del Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974. INCISO 15 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALAyuda