Fecha de Publicación: 22/11/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 235

 Toda obra a desarrollarse en el marco de un contrato realizado al amparo
de lo dispuesto por la Ley N° 18.786, de 19 de julio de 2011, se
considerará comprendida dentro de las previsiones de lo dispuesto en el
artículo 77 de la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008.
Ayuda