Fecha de Publicación: 22/11/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 221

 Asígnase en el Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente", programa 521 "Programa de Rehabilitación y
Consolidación Urbano Habitacional", unidad ejecutora 002 "Dirección
Nacional de Vivienda", proyecto 704 "Rehabilitación y Consolidación Urbano
Habitacional", financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida anual de $
80.000.000 (ochenta millones de pesos uruguayos), con destino al
financiamiento de los programas habitacionales de viviendas de interés
social.
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