Fecha de Publicación: 22/11/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 194

 Autorízase a la Junta de Transparencia y Ética Pública a disponer por
resolución fundada, hasta tres pases en comisión de acuerdo con lo
dispuesto por el artículo 32 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de
1986, modificativas y concordantes.
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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