PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Los créditos presupuestales que se asignen a inversiones en el Inciso 24 "Diversos Créditos", unidad ejecutora 010 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas", estarán comprendidos en los montos máximos de ejecución establecidos en el artículo 490 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010. INCISO 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURAAyuda