Modifícase el numeral 4) del artículo 1° de la Ley N° 17.581, de 2 de
noviembre de 2002, por el siguiente:
"4) "Programa de apoyo a la creación de Fondos de Garantía" con la
finalidad de apoyar emprendimientos de carácter innovador, y
aquellos que apunten a la exportación y a la creación de empleo. A
tales efectos se destinará la partida otorgada al Proyecto de
Funcionamiento 206 "Programa de apoyo a Sociedades de Garantía
Recíproca", de la unidad ejecutora 009 "Dirección Nacional de
Artesanías Pequeñas y Medianas Empresas", Financiación 1.1 "Rentas
Generales", que ascienden a $ 810.000 (ochocientos diez mil pesos
uruguayos)".
INCISO 09
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE