Fecha de Publicación: 12/12/2011
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Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 3

 (Órgano ejecutor).- La Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería será el órgano ejecutor de esta política.
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