Fecha de Publicación: 08/12/2011
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Ley 18.840

Declárase de interés general la conexión a las redes públicas de
saneamiento existentes en el país o que se construyan en el futuro.
(2.129*R)

                            PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo 1

 De acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la
República, se declara de interés general la conexión a las redes públicas
de saneamiento existentes en el país o que se construyan en el futuro.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOMI; LUIS ALMAGRO;
FERNANDO LORENZO; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; RICARDO EHRLICH; ENRIQUE
PINTADO; ROBERTO KREIMERMAN; EDUARDO BRENTA; JORGE VENEGAS; DANIEL GARÍN;
HÉCTOR LESCANO; GRACIELA MUSLERA; DANIEL OLESKER.
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