Sustitúyense los literales D) y E) del artículo 213 de la Ley N° 18.172,
de 31 de agosto de 2007, por los siguientes:
"D) Supervisar las actividades de: el Museo Nacional de Artes
Visuales, el Museo de Artes Decorativas Palacio Taranco, el
Espacio de Arte Contemporáneo, el Museo Figari y el Instituto
Nacional de las Artes Escénicas.
E) Prestar el apoyo pertinente y coordinar las actividades de: el
Fondo Nacional de Música, el Fondo Nacional de Teatro, y el
Consejo Nacional de Evaluación y Fomento de Proyectos Artístico
Culturales".