Fecha de Publicación: 09/03/2010
Página: 614-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 34

 La selección de los postulantes y la adjudicación de los premios serán
realizadas por un jurado. Sus miembros serán designados anualmente por la
Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad y sus funciones serán las
establecidas en la reglamentación correspondiente.

                               CAPITULO VI
                                  SALUD
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