Fecha de Publicación: 22/02/2010
Página: 509-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

 Agrégase a la Ley N° 18.567, de 13 de setiembre de 2009, el siguiente
artículo:
 "Las listas de candidatos para los Municipios figurarán en hojas de
 votación separadas de las listas de candidatos para los cargos
 departamentales".
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