Fecha de Publicación: 16/07/2009
Página: 142-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 9

 (Lista de espera).- Los obreros inscriptos que por exceso de aspirantes
no hubieran sido beneficiados en el sorteo, se ordenarán en una lista de
espera, igualmente confeccionada por sorteo, con las prelaciones
establecidas en el artículo 8º de la presente ley. Los obreros
comprendidos en esa lista serán llamados sucesivamente para ocupar las
vacantes que se produzcan en esa obra y durante un plazo de seis meses.
Cuando esté por agotarse la lista o terminado el plazo se llamará a nuevo
sorteo.
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