Fecha de Publicación: 27/01/2009
Página: 515-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 81

 Dentro de los treinta días corridos desde la primera elección del Consejo
Directivo, la Asamblea General llamará a concurso de oposición y méritos
entre funcionarios públicos, preferentemente especializados en derechos
humanos, para cubrir hasta veinte cargos administrativos y tres cargos
técnicos.
Sin perjuicio y además, el Consejo Directivo de la INDDHH dispondrá de la
facultad de solicitar en comisión hasta diez funcionarios públicos de
cualquier dependencia o Poder del Estado, todo de acuerdo a lo que
establece el artículo 67 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002,
no rigiendo la prohibición establecida en el artículo 507 de la Ley Nº
16.736, de 5 de enero de 1996.
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