Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 263

 Autorízase en el Inciso 09 "Ministerio de Turismo y Deporte", Unidad
Ejecutora 002 "Dirección Nacional de Deporte", una partida anual de $
1:445.052 (un millón cuatrocientos cuarenta y cinco mil cincuenta y dos
pesos uruguayos) con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", para
el Grupo 0, incluidos aguinaldo y cargas legales, para financiar los
contratos de función pública de los cuidadores de plazas de deportes,
naturalizados por aplicación del artículo 7º de la Ley Nº 17.930, de 19 de
diciembre de 2005.

Se disminuye en la Unidad Ejecutora 002 "Dirección Nacional de Deporte"
citada en el inciso anterior, el crédito existente en el objeto del gasto
799 "Otros Gastos No Clasificados No Incluidos en los Anteriores",
Financiación 1.1, tipo de crédito 3, Proyecto 735 en $ 645.000
(seiscientos cuarenta y cinco mil pesos uruguayos).

                                INCISO 10
                MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
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