Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 238

 El Poder Ejecutivo, en acuerdo con el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, establecerá el precio a percibir por la Dirección Nacional de
Energía y Tecnología Nuclear por la realización de los análisis que se
determinen, en función de la asistencia que brinde el Departamento de
Tecnogestión a instituciones públicas o empresas privadas por los ensayos,
calibraciones y análisis realizados a materias primas industriales,
muestras metalúrgicas, muestras geológicas, alimentos y muestras
ambientales, usando la infraestructura física instalada y el equipamiento
de que dispone.
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