Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 225

 Increméntase en el Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y
Minería", Programa 001 "Administración Superior", Unidad Ejecutora 001
"Dirección General de Secretaría", Financiación 1.1 "Rentas Generales", el
Proyecto de Funcionamiento "Fortalecimiento e Implementación de Políticas
de Especialización Productiva", para los ejercicios y montos en moneda
nacional que se detallan:

     Ejercicio     Monto
       2008     11:500.000
       2009     21:500.000

Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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