Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 206

 Sustitúyese el artículo 180 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007,
por el siguiente:

       "ARTICULO 180.- Asígnase al Inciso 07 'Ministerio de Ganadería,
       Agricultura y Pesca' una partida anual de $ 27:000.000 (veintisiete
       millones de pesos uruguayos) para financiar la creación de las
       funciones contratadas y compensaciones de los funcionarios que sean
       designados, que se detallan:

       Unidad Ejecutora 001, Administración Superior:

6      funciones contratadas, Escalafón R, Serie Computación, Denominación
       Asesor, Grado 01.

2      funciones contratadas, Escalafón R, Serie Computación, Denominación
       Asesor Grado 1.

15     cargos Escalafón C, Serie Administrativa, Denominación
       Administrativo.

3      cargos Escalafón A, Serie Ciencias Económicas, Denominación Asesor.

3      cargos Escalafón E, Serie Oficios, Denominación Chofer.

       Unidad Ejecutora 002 Recursos Acuáticos:

4      cargos Escalafón A, Serie Profesional Universitario, Denominación
       Asesor.

       Unidad Ejecutora 005 Servicios Ganaderos:

15     cargos Escalafón A, Serie Inspección Veterinaria, Denominación
       Asesor.

15     cargos Escalafón B, Serie Inspección Veterinaria, Denominación
       Técnico.

2      cargos Escalafón A, Serie Químico, Denominación Asesor.

20     cargos Escalafón A, Serie Veterinaria, Denominación Asesor.

15     cargos Escalafón B, Serie Veterinaria, Denominación Técnico.

1      cargo Escalafón B, Serie Laboratorio, Denominación Técnico.

       Unidad Ejecutora 006 Dirección Nacional de la Granja:

2      cargos Escalafón A, Serie Agronomía, Denominación Asesor.

       Unidad Ejecutora 007 Dirección General de Desarrollo Rural:

4      cargos Escalafón A, Serie Profesional Universitario, Denominación
       Asesor.

       Unidad Ejecutora 008 Dirección General Forestal:

1      cargo Escalafón C, Serie Administrativo, Denominación
       Administrativo.

2      cargos Escalafón A, Serie Agronomía, Denominación Asesor.

Dentro del plazo de sesenta días de la promulgación de la presente ley, el
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca comunicará al Inciso 05
'Ministerio de Economía y Finanzas' la distribución de la referida partida
entre sus unidades ejecutoras".
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