Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 201

 Déjase sin efecto, en el Inciso 06 "Ministerio de Relaciones Exteriores",
Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" la condición "se
suprime al vacar" que a la fecha de promulgada la presente ley alcanza a 3
(tres) cargos de Ministro Consejero Escalafón "M" Grado 5, 11 (once)
cargos de Consejero Escalafón "M" Grado 4 y 1 (un) cargo de Secretario de
Primera Escalafón "M" Grado 3.

Los cargos señalados alcanzados por la presente modificación,
exceptuándose el cargo de Secretario de Primera Escalafón "M" Grado 3 que
permanecerá como tal, se transformarán al vacar conforme al siguiente
detalle:

-      3 (tres) cargos de Ministro Consejero Escalafón "M" Grado 5, se
       transformarán en 3 (tres) cargos de Secretario de Primera Escalafón
       "M" Grado 3;

-      11 (once) cargos de Consejero Escalafón "M" Grado 4, se
       transformarán por su orden en 3 (tres) cargos de Secretario de
       Primera Escalafón "M" Grado 3 y 8 (ocho) cargos de Secretario de
       Segunda Escalafón "M" Grado 2.

                                INCISO 07
               MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
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