CONSEJO DE MINISTROS
Prorrógase el plazo de opción establecido en el inciso primero del artículo 40 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, hasta la aprobación por el Poder Ejecutivo de la reestructura de puestos de trabajo referida en el artículo 21 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007.Ayuda