Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 156

 A partir de la promulgación de la presente ley, se autoriza al Ministerio
del Interior a ampliar hasta en cinco, el cupo de pases en comisión con
destino a los Servicios de Sanidad Policial.

                                INCISO 05
                    MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
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