Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 149

 Suprímense en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", Unidad Ejecutora
028 "Dirección Nacional de Policía Técnica", un cargo de Oficial
Subayudante (PE) (Criminalística) y un cargo de Oficial Ayudante (PE)
(Criminalística) y en la Unidad Ejecutora 026 "Dirección Nacional de
Cárceles, Penitenciarías y Centros de Recuperación" un cargo de Oficial
Subayudante (PE) (Maestro de Escuela).

Créanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", Unidad Ejecutora 028
"Dirección Nacional de Policía Técnica", un cargo de Oficial Ayudante (PE)
(Criminalística) y un cargo de Oficial Principal (PE) (Criminalística) y
en la Unidad Ejecutora 026 "Dirección Nacional de Cárceles, Penitenciarías
y Centros de Recuperación" un cargo de Oficial Ayudante (PE) (Maestro de
Escuela).

Los cargos que se crean serán transformados al vacar en el correlativo del
grado inferior que se suprime.

Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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