Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 134

 Sustitúyese el artículo 143 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de
1990, en la redacción dada por el artículo 135 de la Ley Nº 16.320, de 1º
de noviembre de 1992, por el siguiente:

       "ARTICULO 143.- El cargo de Subdirector General de Secretaría del
       Ministerio del Interior será ocupado preferentemente por un Oficial
       Superior de los subescalafones de Apoyo de la Policía -Técnico
       Profesional, Administrativo o Especializado- en situación de
       actividad o retiro, quien dependerá directamente del Director
       General de Secretaría. Dicho cargo estará comprendido en el literal
       D) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986 y
       modificativas".
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