Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 109

 Créanse, a partir de la promulgación de la presente ley, en el Inciso 03
"Ministerio de Defensa Nacional", Programa 005 "Administración y Control
Aviatorio y Aeroportuario", unidad ejecutora 041 "Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica", dos cargos de Especialista
IV, Serie AFIS, Escalafón D, Grado 07.
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