MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 18
(Planes Interdepartamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo
Sostenible).- Los Planes Interdepartamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible constituyen el instrumento que establece el ordenamiento estructural y detallado, formulado por acuerdo de partes, en los casos de micro regiones compartidas.
Tendrán la naturaleza de los Planes Locales de Ordenamiento Territorial y
serán elaborados y aprobados por los Gobiernos Departamentales
involucrados.
CAPITULO IV
INSTRUMENTOS ESPECIALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO
SOSTENIBLE