MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 16
(Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo
Sostenible).- Las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial
y Desarrollo Sostenible constituyen el instrumento que establece el
ordenamiento estructural del territorio departamental, determinando las principales decisiones sobre el proceso de ocupación, desarrollo y uso del mismo.
Tienen como objeto fundamental planificar el desarrollo integrado y
ambientalmente sostenible del territorio departamental, mediante el
ordenamiento del suelo y la previsión de los procesos de transformación
del mismo.
Es de competencia exclusiva de los Gobiernos Departamentales la
elaboración y aprobación de las Directrices Departamentales.