MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 15
(Ordenanza Departamental de Ordenamiento Territorial y Desarrollo
Sostenible).- La Ordenanza Departamental de Ordenamiento Territorial y
Desarrollo Sostenible constituye el instrumento con las determinaciones
generales respecto a la gestión, planificación y actuación territorial en
toda la jurisdicción del departamento.
Es de competencia exclusiva de los Gobiernos Departamentales la
elaboración y aprobación de las Ordenanzas Departamentales.