Fecha de Publicación: 10/01/2008
Página: 104-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 4

 (Representación del Fondo de Cesantía y Retiro).- La representación del
Fondo de Cesantía y Retiro corresponderá al Presidente de la Comisión
Administradora Honoraria Tripartita, actuando conjuntamente con dos
integrantes de la misma, uno por el sector trabajador y otro por el sector
empleador.
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