Fecha de Publicación: 07/09/2007
Página: 464-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 87

 Las partidas que perciben los funcionarios de la unidad ejecutora 011
"Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable", con cargo a
los artículos 202 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, y 726
de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, serán categorizadas como
"Compensación especial", excepto en la cuota parte que pasa a integrar el
"Sueldo del grado" de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo I.
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