Fecha de Publicación: 07/09/2007
Página: 464-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 278

 Declárase que el usufructo otorgado al Inciso 25 "Administración Nacional
de Educación Pública", del inmueble propiedad de la Administración
Nacional de Correos, fracciones 2 y 3 del Padrón Nº 4173 de la 3ra.
Sección Judicial del departamento de Montevideo (Sarandí 472/468 y Treinta
y Tres 1321) para actividades culturales y educativas dado por el artículo
130 de la Ley Nº 18.046, de 24 de octubre de 2006, y las obras que a esos
efectos se realizaron y realizan, están comprendidas en los beneficios
tributarios que el régimen impositivo de la legislación vigente confiere a
la citada Administración Nacional de Educación Pública desde el mismo día
de comienzo de dichas obras.
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