Fecha de Publicación: 07/09/2007
Página: 464-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 237

 A partir de la vigencia de la presente ley, el producido de la emisión y
renovación de la Planilla de Control de Trabajo se verterá a Rentas
Generales.

Deróganse todas las normas que se opongan a la presente o que otorguen
otro destino a dicho producido.
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