Fecha de Publicación: 07/09/2007
Página: 464-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 206

 Déjase sin efecto la obligación de publicar el otorgamiento y la
extinción de los derechos de aprovechamiento de aguas establecida en el
artículo 167 del Código de Aguas (Decreto Ley Nº 14.859, de 15 de
diciembre de 1978).
Ayuda