Fecha de Publicación: 07/09/2007
Página: 464-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 178

 Increméntase en el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca" la suma de $ 1:507.164 (un millón quinientos siete mil ciento
sesenta y cuatro pesos uruguayos) en el grupo 0 "Servicios Personales", la
partida anual destinada a abonar compensaciones a los funcionarios
afectados al sistema de control zoosanitario y fitosanitario de todos los
vehículos, cargas y equipajes que ingresan al país por cualquier medio de
transporte marítimo, fluvial, terrestre o aéreo.

Dicho gasto se atenderá con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas
Generales".
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