Fecha de Publicación: 30/07/2007
Página: 171-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 6

 (Abuso de posición dominante).- A efectos de lo previsto en el artículo
2º de la presente ley se entiende que uno o varios agentes gozan de una
posición dominante en el mercado cuando pueden afectar sustancialmente las
variables relevantes de éste, con prescindencia de las conductas de sus
competidores, compradores, o proveedores.

Se considera que existe abuso de posición dominante cuando el o los
agentes que se encuentran en tal situación actúan de manera indebida, con
el fin de obtener ventajas o causar perjuicios a otros, los que no
hubieran sido posibles de no existir tal posición de dominio.
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