Fecha de Publicación: 22/03/2007
Página: 759-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Artículo 5

 Las acciones propuestas por el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades y Derechos se implementarán a través de los distintos organismos ejecutores del Estado, de acuerdo a los principios rectores establecidos en los artículos precedentes, convocando a la más amplia participación de la sociedad civil.
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