Fecha de Publicación: 18/01/2007
Página: 307-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 84

 Derogación.- Deróganse los artículos 590 a 601 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, sobre la actividad comercial en la vía pública. 
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